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3.1.
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Habrá una Mesa Directiva que se encargará de dirigir los asuntos de la Asociación y de velar por el progreso continuo de la misma y por el adelanto de la hepatología.
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3.2.
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La mesa Directiva de la Asociación estará constituida por un Presidente, un Vicepresidente un Secretario, un Tesorero, un Secretario de Actas, un Secretario de Relaciones Nacionales, un Secretario de Relaciones Internacionales y dos vocales.
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3.3.
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La mesa Directiva de la Asociación durará en su cargo dos años.
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3.4.
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Existirá un Consejo Consultivo, constituido por los tres inmediatos expresidentes de la Asociación Mexicana de Hepatología, cada uno de los consejeros durará en su cargo tres años. El Consejo Consultivo también tendrá funciones de Patronato.
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3.5.
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Derechos y deberes del Consejo Consultivo:
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3.5.1.
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Reunirse obligatoriamente dos veces al año, a fin de examinar conjuntamente con la Mesa Directiva, la Marcha de la Asociación. Reunirse cuantas veces el Presidente de la Asociación Mexicana de Hepatología así lo solicite.
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3.5.2.
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Aconsejar sobre los compromisos internacionales que pueda contraer la Asociación para el futuro y que vayan a realizarse en México, fuera del término del mandato de la Mesa Directiva en funciones.
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3.5.3.
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Autorizar el empleo, en caso necesario, de los bienes y fondos de inversión de la Asociación y de sus productos. Podrán retirarse los fondos de inversión de la Asociación con la firma mancomunada de uno de los miembros del Consejo, la del Presidente y la del Tesorero. En caso de ausencia del Tesorero, se requerirá las firmas de dos miembros del Consejo, más la del Presidente o el Secretario.
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3.5.4.
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Aprobar el presupuesto de ingresos y egresos elaborado por la Mesa Directiva en turno, para el año contable correspondiente. Los excedentes de los ingresos que tenga la Asociación por cualquier concepto, una vez deducidos los gastos normales de su funcionamiento durante el año contable, deberán ser invertidos en valores de renta fija, debidamente autorizado por el Consejo Consultivo.
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3.5.5.
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Todos los acuerdos tomados por el Consejo, serán comunicados a la Asamblea en la próxima sesión de negocios. Funciones de los miembros de la Mesa Directiva:
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3.6.
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Son derechos y obligaciones del Presidente:
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3.6.1.
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Presidir las Asambleas, sesiones y actos oficiales de la Asociación y del Consejo Consultivo.
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3.6.2.
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Despachar con el secretario y tesorero los asuntos de la Asociación y firmar documentos y correspondencias oficiales.
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3.6.3.
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Resolver todos los asuntos administrativos de orden interior y someter a los de orden exterior o técnico a la Asamblea para su resolución. El presidente tiene facultades para pleitos y cobranzas, actos de administración y actos de dominio, en términos de los tres primeros párrafos del artículo 2554 del Código Civil para el Distrito Federal y sus correlativos de los Códigos Civiles de las Entidades Federativas en que se ejercite el poder. De manera enunciativa y no limitativa, se mencionan entre otras facultades las siguientes: I.- Para intentar y desistir de toda clase de procedimientos, inclusive amparo.-2.-Para transigir.-3.- Para comprometer en árbitros.-4.- Para absolver y articular posiciones, inclusive de carácter laboral.-5.- Para recusar.-6.- Para hacer cesión de bienes.-7.- Para recibir pagos.-8.- Para presentar denuncias y querellas en materia penal y para desistir de ellas, cuando lo permita la Ley.-9.- Para coadyuvar con el ministerio público y para exigir la reparación civil del daño.- El poder lo ejercitará ante particulares y ante toda clase de autoridades administrativas o judiciales, inclusive de carácter federal y local y ante las juntas de conciliación y Arbitraje, locales o federales y autoridades de trabajo.
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3.6.4.
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Citar a sesiones o Asambleas extraordinarias
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3.6.5.
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Convocar a elecciones de Mesa Directiva según lo establecido en el presente estatuto, ya sea de la totalidad o parte de la misma, o en el caso de la falta definitiva de alguno de sus miembros.
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3.6.6.
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Al terminar su gestión rendir un informe de todas las labores desarrolladas.
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3.6.7.
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Fungirá como presidente ex-oficio de todas las comisiones que se integren.
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3.6.8.
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Nombrar las comisiones que considere necesarias para el despacho de algún asunto, el estudio de algún trabajo o para conferir la representación de la Asociación, en los actos científicos y sociales.
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3.7.
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Son derechos y obligaciones del Vicepresidente:
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3.7.1.
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Suplir las faltas transitorias, temporales o definitivas del Presidente.
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3.7.2.
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Concurrir a las sesiones de la mesa Directiva
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3.7.3.
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Tomar la Presidencia de la Asociación en la asamblea de negocios.
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3.8.
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Son derechos y obligaciones del Secretario:
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3.8.1.
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Colaborar con el Presidente en todos los asuntos relacionados con la Asociación.
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3.8.2.
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Encargarse de la correspondencia y de las relaciones públicas de la Asociación.
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3.8.3.
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Suplir al Presidente en sus faltas temporales o definitivas
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3.9.
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Son derechos y obligaciones del Secretario de Actas:
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3.9.1.
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Sustituir al Secretario en sus faltas temporales.
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3.9.2
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Citar a sesiones junto con el Presidente.
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3.9.3
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Levantar el acta de cada sesión y Asamblea que estará sujeta a aprobación en la sesión siguiente.
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3.9.4.
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Supervisar el archivo de la Asociación, del que es responsable.
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3.10.
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Son derechos y obligaciones del Tesorero
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3.10.1.
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Tener al corriente la contabilidad de la Asociación.
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3.10.2.
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Proponer al Presidente el nombramiento o remoción del personal que requiera el funcionamiento de la Tesorería.
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3.10.3.
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Intervenir, en colaboración con el Presidente y el Secretario, en la fijación de los gastos y emolumentos que deben asignarse a los empleados de la Asociación.
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3.10.4.
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Autorizar y efectuar los gastos menores, para lo cual contará con una caja chica.
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3.10.5.
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Autorizar y efectuar el pago de la nómina de empleados de la Asociación.
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3.10.6
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Recabar la firma del Presidente cuando fuere necesario
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3.10.7.
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Informar al Presidente de la falta de pago de las cuotas de los miembros.
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3.10.8.
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Efectuar toda clase de cobros acordados.
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3.10.9.
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Rendir a la Asamblea un informe anual de todas sus actividades.
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3.11.
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Son derechos y obligaciones del Secretario de Relaciones:
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3.11.1.
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Supervisar que los expedientes de los miembros estén completos, con todos los documentos mencionados en los estatutos.
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3.11.2.
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Mantener contacto con sociedades afines en todo el mundo, siempre procurando incentivar la participación de la sociedad o miembros de la sociedad en actividades académicas o sociales.
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